Desde el 10 de abril de 2007 es posible digitalizar los documentos en papel de interés tributario (especialmente las facturas), incorporando al proceso una firma electrónica cualificada y cumpliendo ciertos requisitos respecto a la custodia de la base de datos documental.
El proceso permite que los documentos electrónicos aporten el mismo valor probatorio que los de papel, de forma que no es necesario custodiar tales documentos. Es decir, se pueden destruir los documentos en papel.
La base de datos resultante permite acceder a los documentos instantáneamente y aportarlos en caso de auditoría o inspección tributaria.
Las soluciones que cumplan los requisitos de la normativa pueden someterse a la homologación de la Agencia Tributaria aportando el informe de auditoría de una entidad especializada como EADTrust.
La principal normativa aplicable es la Orden EHA/962/2007, de 10 de abril, por la que se desarrollan determinadas disposiciones sobre facturación telemática y conservación electrónica de facturas, contenidas en el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación; y también la Resolución de 24 de octubre de 2007, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre procedimiento para la homologación de software de digitalización contemplado en la Orden EHA/962/2007, de 10 de abril de 2007.
La Orden sigue estando vigente a pesar de la publicación de la norma que deroga y sustituye al Real Decreto 1496/2003, el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
En las diputaciones forales se ha publicado normativa equivalente:
- Navarra: Orden Foral 228/2007, de 12 de junio del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se desarrollan determinadas disposiciones sobre facturación telemática y conservación electrónica de facturas, contenidas en el Decreto Foral 205/2004, de 17 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre las obligaciones de facturación, sobre la homologación de software de digitalización.
- Gipuzkoa: Orden Foral 865/2007, de 2 de agosto, por la que se desarrollan determinadas disposiciones sobre facturación telemática y conservación electrónica de facturas, contenidas en el Decreto Foral 61/2004, de 15 de junio, por el que se regulan las obligaciones de facturación.
- Araba: Orden Foral 121/2009 Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de 4 de marzo, de desarrollo de determinadas disposiciones sobre facturación telemática y conservación electrónica de facturas, contenidas en el Decreto Foral 27/2005, de 5 de abril, por el que se regulan las obligaciones de facturación
- Bizkaia: Orden Foral 1868/2009, de 2 de julio, por la que se desarrollan determinadas disposiciones sobre facturación telemática y conservación electrónica de facturas, contenidas en el Decreto Foral 57/2004, de 6 de abril, por el que se regulan las obligaciones de facturación
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EADTrust ha elaborado un estudio (actualizado a Agosto de 2015) sobre las soluciones que se han presentado a homologación en al menos dos instituciones competentes, como son la Agencia Tributaria y las Diputaciones Forales de Álva, Guipuzcoa, Navarra y Vizcaya.
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